Gestão de redes de inovação nos escritórios de transferência de tecnologia no Ceará: a implementação de um modelo de gestão colaborativo
DOI:
https://doi.org/10.12662/2359-618xregea.v8i1.p27-41.2019Palabras clave:
Gestão da Inovação, Transferência de Tecnologia, Redes, ColaboraçãoResumen
Este artigo possui o objetivo de abordar como se deu a implementação de um modelo de gestão inteligente de rede na Redenit-CE, a partir de um estudo empírico nos escritórios de transferência de tecnologia (ETTs) das Instituições de Ciência e Tecnologia (ICTs) localizadas no estado do Ceará, Brasil. A originalidade da contribuição consiste na implementação de um modelo baseado na teoria da complexidade em uma rede de inovação colaborativa. O trabalho foi realizado a partir da pesquisa-ação, na qual também foram conduzidas entrevistas com atores da rede. Assim, concomitante à implementação do modelo teórico, no qual um dos resultados foi o Plano de Ação da Rede, realizaram-se atividades de gestão, como diagnóstico e planejamento estratégico da rede, com o envolvimento de representantes de cada um dos ETTs. Dos resultados até o momento alcançados, pode-se concluir que a proposta de gestão fundamentada na colaboração mostra-se aderente aos modelos de redes não hierárquicas e capaz de maturar a gestão da Redenit-CE.
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DECLARACIÓN DE DERECHOS AUTORALES
TÉRMINO DE CESIÓN DE DERECHOS AUTORALES
Por el presente instrumento particular, el CENTRO UNIVERSITÁRIO CHRISTUS – UNICHRISTUS, de ahora en adelante denominado solamente UNICHRISTUS, y, de otro,
1) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
2) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
3) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
4) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
5) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
de ahora en adelante denominado(s) solamente AUTOR DE LA OBRA caracterizada como articulo académico, intitulada ________________________________, tienen entre si justo y acertado, en la mejor forma, lo que se sigue:
CLÁUSULA PRIMERA – DE LA CESIÓN
El autor, sus herederos y sucesores, en los términos del artículo 49 y siguientes de la Ley 9.610/98, ceden la OBRA para reproducción, divulgación, distribución, impresión, publicación y disponibilización, por parte de UNICHRISTUS, en cualquier forma o medio que exista o venga a existir.
Párrafo primero. La cesión, objeto de este Término, es hecha a título no exclusivo y gratuito, abarcando la totalidad de la OBRA.
Párrafo segundo. El UNICHRISTUS podrá hacer disponible, para fines didácticos, la OBRA en su totalidad o en partes, quedando prohibida la alteración de su contenido textual, exceptuadas las correcciones o cambios formales que sean necesarios.
Párrafo tercero. La cesión es válida en cualesquiera países, en lengua portuguesa o traducción, a criterio del UNICHRISTUS.
Párrafo cuarto. Los originales serán entregados en la forma indicada por el UNICHRISTUS.
CLÁUSULA SEGUNDA – DE LAS RESPONSABILIDADES
El AUTOR declara que la OBRA es de autoría suya y es inédita, que es responsable por su contenido y forma, citaciones, referencias y otros elementos que la componen, y que hace su entrega en el acto de la firma del presente Término con su contenido textual gramatical y metodológicamente revisado. Así, cualesquiera medidas judiciales o extrajudiciales concernientes al contenido serán de su entera responsabilidad.
Párrafo primero. El AUTOR declara no existir cualquier prohibición tácita vinculada a la divulgación de la OBRA, quedando libre de cualquier carga o impedimentos ante el ordenamiento jurídico brasileño.
Párrafo segundo. Los encargos jurídicos pertenecen al AUTOR, a quien competirá inclusive el deber de indemnizar al UNICHRISTUS, en casos en que este sea perjudicado por medidas judiciales o extrajudiciales relacionadas al contenido.
Párrafo tercero. En caso de pluralidad de autores, considera-se solidaria la responsabilidad, exceptuadas las pruebas en contrario.
CLÁUSULA TERCERA – DE LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL
El AUTOR, desde ahora, constituye el UNICHRISTUS como su procurador, autorizándole a actuar judicial o extrajudicialmente contra cualquier atentado a la OBRA, sea por reproducción ilegal, edición fraudulenta u otra forma que represente lesión a la propiedad intelectual.
CLÁUSULA CUARTA – DEL FUERO
Las partes eligen el fuero del distrito judicial de Fortaleza, estado de Ceará, y renuncian a cualquier otro, aún que más privilegiado.
Porque estén justos y acordados, firman el presente en dos vías, de igual contenido para que produzca sus efectos jurídicos.
Fortaleza, Ceará, el _____ de ____ de 20_____.
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Por el Centro Universitário Christus – UNICHRISTUS:
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