ASPECTOS JURÍDICOS DA PUBLICIDADE INFANTIL
DOI:
https://doi.org/10.12662/2359-618xregea.v6i1/2.p300-314.2017Palabras clave:
Aspectos jurídicos, Publicidade infantilResumen
O Brasil não dispõe de um diploma legislativo específico sobre a publicidade infantil, o que gera uma série de repercussões negativas sobre o comportamento da criança e do adolescente, especialmente no que tange ao incremento da ânsia consumista desta parcela considerada hoje bastante considerável de consumidores. Os mecanismos utilizados por empresas de produtos ou serviços direcionados para este público específico, que estimulam e induzem o interesse na aquisição desses bens, deparam-se com um campo de ampla liberdade e imunidade quase que integral a limitações ou restrições, como consequência justamente da lacuna legislativa pertinente à matéria. Até existem instrumentos normativos que regem o assunto, a exemplo do Código de Defesa do Consumidor e do Estatuto da Criança e do Adolescente, porém tal regramento incide apenas indiretamente sobre a questão da publicidade infantil, cujo regramento limita-se àquele criado no âmbito da entidade privada de regulação da publicidade, o Conselho Nacional de Autorregulação Publicitária (CONAR) que, não obstante o esforço e a nobreza de suas intenções, não supre a contento a atividade regulatória e fiscalizadora da propaganda e da publicidade infantil. O presente ensaio, portanto, tem por objeto, justamente, as consequências jurídicas da inércia do legislador ordinário frente a assunto tão delicado e, ao mesmo tempo, de solução urgente.
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DECLARACIÓN DE DERECHOS AUTORALES
TÉRMINO DE CESIÓN DE DERECHOS AUTORALES
Por el presente instrumento particular, el CENTRO UNIVERSITÁRIO CHRISTUS – UNICHRISTUS, de ahora en adelante denominado solamente UNICHRISTUS, y, de otro,
1) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
2) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
3) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
4) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
5) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
de ahora en adelante denominado(s) solamente AUTOR DE LA OBRA caracterizada como articulo académico, intitulada ________________________________, tienen entre si justo y acertado, en la mejor forma, lo que se sigue:
CLÁUSULA PRIMERA – DE LA CESIÓN
El autor, sus herederos y sucesores, en los términos del artículo 49 y siguientes de la Ley 9.610/98, ceden la OBRA para reproducción, divulgación, distribución, impresión, publicación y disponibilización, por parte de UNICHRISTUS, en cualquier forma o medio que exista o venga a existir.
Párrafo primero. La cesión, objeto de este Término, es hecha a título no exclusivo y gratuito, abarcando la totalidad de la OBRA.
Párrafo segundo. El UNICHRISTUS podrá hacer disponible, para fines didácticos, la OBRA en su totalidad o en partes, quedando prohibida la alteración de su contenido textual, exceptuadas las correcciones o cambios formales que sean necesarios.
Párrafo tercero. La cesión es válida en cualesquiera países, en lengua portuguesa o traducción, a criterio del UNICHRISTUS.
Párrafo cuarto. Los originales serán entregados en la forma indicada por el UNICHRISTUS.
CLÁUSULA SEGUNDA – DE LAS RESPONSABILIDADES
El AUTOR declara que la OBRA es de autoría suya y es inédita, que es responsable por su contenido y forma, citaciones, referencias y otros elementos que la componen, y que hace su entrega en el acto de la firma del presente Término con su contenido textual gramatical y metodológicamente revisado. Así, cualesquiera medidas judiciales o extrajudiciales concernientes al contenido serán de su entera responsabilidad.
Párrafo primero. El AUTOR declara no existir cualquier prohibición tácita vinculada a la divulgación de la OBRA, quedando libre de cualquier carga o impedimentos ante el ordenamiento jurídico brasileño.
Párrafo segundo. Los encargos jurídicos pertenecen al AUTOR, a quien competirá inclusive el deber de indemnizar al UNICHRISTUS, en casos en que este sea perjudicado por medidas judiciales o extrajudiciales relacionadas al contenido.
Párrafo tercero. En caso de pluralidad de autores, considera-se solidaria la responsabilidad, exceptuadas las pruebas en contrario.
CLÁUSULA TERCERA – DE LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL
El AUTOR, desde ahora, constituye el UNICHRISTUS como su procurador, autorizándole a actuar judicial o extrajudicialmente contra cualquier atentado a la OBRA, sea por reproducción ilegal, edición fraudulenta u otra forma que represente lesión a la propiedad intelectual.
CLÁUSULA CUARTA – DEL FUERO
Las partes eligen el fuero del distrito judicial de Fortaleza, estado de Ceará, y renuncian a cualquier otro, aún que más privilegiado.
Porque estén justos y acordados, firman el presente en dos vías, de igual contenido para que produzca sus efectos jurídicos.
Fortaleza, Ceará, el _____ de ____ de 20_____.
1) ___________________________________________________________________
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5) ___________________________________________________________________
Por el Centro Universitário Christus – UNICHRISTUS:
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