UMA VISÃO RELACIONAL DAS CONTRIBUIÇÕES DAS INSTITUIÇÕES CIENTÍFICAS E TECNOLÓGICAS PARA A ADOÇÃO DE ESTRATÉGIAS DE INOVAÇÃO ABERTA POR MICRO E PEQUENAS EMPRESAS
DOI:
https://doi.org/10.12662/2359-618xregea.v9i3.p7-21.2020Palabras clave:
Inovação Aberta, Instituição Científica e Tecnológica, Micro e Pequenas Empresas, Recursos RelacionaisResumen
Neste artigo, conduz-se uma investigação sobre as contribuições das Instituições Científicas e Tecnológicas (ICTs) para a adoção de estratégias de Inovação Aberta (IA) por Micro e Pequenas Empresas (MPEs). Ele é pautado por uma abordagem qualitativa, caracterizada como estudo de caso junto às ICTs do estado do Rio Grande do Sul - RS que alcançou destaque na primeira edição do Edital SEBRAE de Inovação ao ter o maior número de projetos aprovados em âmbito nacional, totalizando 27,5 % dos projetos. A coleta de dados se deu em formulário on-line disponibilizado via Google Forms aos responsáveis pelas ICTs, tendo alcançado 48 ICTs de um total de 54 mapeadas no Estado do RS. A análise das evidências ocorreu à luz dos elementos da Visão Relacional (VR) que problematizam, questionam e complementam a Visão Baseada em Recursos (VBR) e que permitem o desenvolvimento de recursos relacionais (estrutura de colaboração, o modo de relacionamento e os parceiros como recurso). As evidências obtidas sugerem que as ICTs podem contribuir para a adoção de estratégias de IA por MPEs ao estreitar suas relações com as MPEs, moldar mecanismos específicos de IA para MPEs e construir conexões entre outros atores, além de grandes empresas.
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DECLARACIÓN DE DERECHOS AUTORALES
TÉRMINO DE CESIÓN DE DERECHOS AUTORALES
Por el presente instrumento particular, el CENTRO UNIVERSITÁRIO CHRISTUS – UNICHRISTUS, de ahora en adelante denominado solamente UNICHRISTUS, y, de otro,
1) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
2) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
3) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
4) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
5) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
de ahora en adelante denominado(s) solamente AUTOR DE LA OBRA caracterizada como articulo académico, intitulada ________________________________, tienen entre si justo y acertado, en la mejor forma, lo que se sigue:
CLÁUSULA PRIMERA – DE LA CESIÓN
El autor, sus herederos y sucesores, en los términos del artículo 49 y siguientes de la Ley 9.610/98, ceden la OBRA para reproducción, divulgación, distribución, impresión, publicación y disponibilización, por parte de UNICHRISTUS, en cualquier forma o medio que exista o venga a existir.
Párrafo primero. La cesión, objeto de este Término, es hecha a título no exclusivo y gratuito, abarcando la totalidad de la OBRA.
Párrafo segundo. El UNICHRISTUS podrá hacer disponible, para fines didácticos, la OBRA en su totalidad o en partes, quedando prohibida la alteración de su contenido textual, exceptuadas las correcciones o cambios formales que sean necesarios.
Párrafo tercero. La cesión es válida en cualesquiera países, en lengua portuguesa o traducción, a criterio del UNICHRISTUS.
Párrafo cuarto. Los originales serán entregados en la forma indicada por el UNICHRISTUS.
CLÁUSULA SEGUNDA – DE LAS RESPONSABILIDADES
El AUTOR declara que la OBRA es de autoría suya y es inédita, que es responsable por su contenido y forma, citaciones, referencias y otros elementos que la componen, y que hace su entrega en el acto de la firma del presente Término con su contenido textual gramatical y metodológicamente revisado. Así, cualesquiera medidas judiciales o extrajudiciales concernientes al contenido serán de su entera responsabilidad.
Párrafo primero. El AUTOR declara no existir cualquier prohibición tácita vinculada a la divulgación de la OBRA, quedando libre de cualquier carga o impedimentos ante el ordenamiento jurídico brasileño.
Párrafo segundo. Los encargos jurídicos pertenecen al AUTOR, a quien competirá inclusive el deber de indemnizar al UNICHRISTUS, en casos en que este sea perjudicado por medidas judiciales o extrajudiciales relacionadas al contenido.
Párrafo tercero. En caso de pluralidad de autores, considera-se solidaria la responsabilidad, exceptuadas las pruebas en contrario.
CLÁUSULA TERCERA – DE LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL
El AUTOR, desde ahora, constituye el UNICHRISTUS como su procurador, autorizándole a actuar judicial o extrajudicialmente contra cualquier atentado a la OBRA, sea por reproducción ilegal, edición fraudulenta u otra forma que represente lesión a la propiedad intelectual.
CLÁUSULA CUARTA – DEL FUERO
Las partes eligen el fuero del distrito judicial de Fortaleza, estado de Ceará, y renuncian a cualquier otro, aún que más privilegiado.
Porque estén justos y acordados, firman el presente en dos vías, de igual contenido para que produzca sus efectos jurídicos.
Fortaleza, Ceará, el _____ de ____ de 20_____.
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Por el Centro Universitário Christus – UNICHRISTUS:
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