A CONTRIBUIÇÃO DE BOURDIEU PARA A AVALIAÇÃO DO DESEMPENHO AMBIENTAL DAS ORGANIZAÇÕES: A VOZ DAS MINORIAS
DOI:
https://doi.org/10.12662/2359-618xregea.v11i3.p70-86.2022Palabras clave:
gestão da cadeia de suprimentos verde (GCSV), desempenho ambiental, positivism, construtivismoResumen
Este estudo teve por objetivo analisar a abordagem paradigmática pela qual se orientam as pesquisas sobre desempenho ambiental das organizações e propor uma nova perspectiva de avaliação que contemple as minorias da Gestão da Cadeia de Suprimentos Verde (GCSV). Por meio de análise sistemática da literatura, verificou-se que os trabalhos se dedicaram à mensuração de indicadores e à avaliação do desempenho em relação à implementação de práticas de GCSV. Identificou-se que os estudos se orientaram pelo paradigma positivista, e a perspectiva de avaliação das próprias organizações estudadas foram favorecidas pela maioria dos estudos. Em menor proporção, seguiu-se a interpretação das organizações clientes e dos investidores. Constatou-se que os agentes institucionalizados são legitimados para a avaliação do desempenho ambiental das organizações, o que não ocorre com os públicos que não pertencem às instituições, como no caso de membros da comunidade em geral, que, apesar de sofrer as consequências dos impactos ambientais das atividades da organização, figuram como dominados no campo ambiental e não dispõe de capital suficiente para exercerem poder. Este estudo traz contribuições teóricas na medida em que propõe a adoção da teoria social de Pierre Bourdieu como uma nova abordagem paradigmática para a avaliação do desempenho ambiental das organizações a partir do habitus das populações, o que resulta em um dispositivo útil à mediação de conflitos ambientais, tanto para a prática de gestão como para políticas públicas.
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DECLARACIÓN DE DERECHOS AUTORALES
TÉRMINO DE CESIÓN DE DERECHOS AUTORALES
Por el presente instrumento particular, el CENTRO UNIVERSITÁRIO CHRISTUS – UNICHRISTUS, de ahora en adelante denominado solamente UNICHRISTUS, y, de otro,
1) Nombre ________________________________, cédula de identidad __________________
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de ahora en adelante denominado(s) solamente AUTOR DE LA OBRA caracterizada como articulo académico, intitulada ________________________________, tienen entre si justo y acertado, en la mejor forma, lo que se sigue:
CLÁUSULA PRIMERA – DE LA CESIÓN
El autor, sus herederos y sucesores, en los términos del artículo 49 y siguientes de la Ley 9.610/98, ceden la OBRA para reproducción, divulgación, distribución, impresión, publicación y disponibilización, por parte de UNICHRISTUS, en cualquier forma o medio que exista o venga a existir.
Párrafo primero. La cesión, objeto de este Término, es hecha a título no exclusivo y gratuito, abarcando la totalidad de la OBRA.
Párrafo segundo. El UNICHRISTUS podrá hacer disponible, para fines didácticos, la OBRA en su totalidad o en partes, quedando prohibida la alteración de su contenido textual, exceptuadas las correcciones o cambios formales que sean necesarios.
Párrafo tercero. La cesión es válida en cualesquiera países, en lengua portuguesa o traducción, a criterio del UNICHRISTUS.
Párrafo cuarto. Los originales serán entregados en la forma indicada por el UNICHRISTUS.
CLÁUSULA SEGUNDA – DE LAS RESPONSABILIDADES
El AUTOR declara que la OBRA es de autoría suya y es inédita, que es responsable por su contenido y forma, citaciones, referencias y otros elementos que la componen, y que hace su entrega en el acto de la firma del presente Término con su contenido textual gramatical y metodológicamente revisado. Así, cualesquiera medidas judiciales o extrajudiciales concernientes al contenido serán de su entera responsabilidad.
Párrafo primero. El AUTOR declara no existir cualquier prohibición tácita vinculada a la divulgación de la OBRA, quedando libre de cualquier carga o impedimentos ante el ordenamiento jurídico brasileño.
Párrafo segundo. Los encargos jurídicos pertenecen al AUTOR, a quien competirá inclusive el deber de indemnizar al UNICHRISTUS, en casos en que este sea perjudicado por medidas judiciales o extrajudiciales relacionadas al contenido.
Párrafo tercero. En caso de pluralidad de autores, considera-se solidaria la responsabilidad, exceptuadas las pruebas en contrario.
CLÁUSULA TERCERA – DE LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL
El AUTOR, desde ahora, constituye el UNICHRISTUS como su procurador, autorizándole a actuar judicial o extrajudicialmente contra cualquier atentado a la OBRA, sea por reproducción ilegal, edición fraudulenta u otra forma que represente lesión a la propiedad intelectual.
CLÁUSULA CUARTA – DEL FUERO
Las partes eligen el fuero del distrito judicial de Fortaleza, estado de Ceará, y renuncian a cualquier otro, aún que más privilegiado.
Porque estén justos y acordados, firman el presente en dos vías, de igual contenido para que produzca sus efectos jurídicos.
Fortaleza, Ceará, el _____ de ____ de 20_____.
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Por el Centro Universitário Christus – UNICHRISTUS:
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