MÁS ALLÁ DE LOS ARGUMENTOS DE LA DECISIÓN JUDICIAL: ANÁLISIS EMPÍRICO DE LA INFLUENCIA DEL PERFIL DEL DEMANDADO EN LA DECISIÓN QUE DISPONE DE LAS AUDIENCIAS OBLIGATORIAS DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN AL COMIENZO DEL PROCESO (ART. 334, CPC)
DOI:
https://doi.org/10.12662/2447-6641oj.v19i31.p127-153.2021Palabras clave:
Derecho Procesal Civil, Estudios empíricos en derecho, Formas de preparar la decisión judicial, Comportamiento judicialResumen
Objetivos: El perfil del demandado influye en la desestimación de las audiencias previstas en el art. 334, CPC, en casos que pasan por el rito del procedimiento común en los tribunales civiles del distrito de Recife / PE? Algunos jueces han desestimado contra la ley estas audiencias, que, con pocas excepciones, son obligatorias. Con este problema de investigación, el objetivo general de este documento es identificar si, además de las justificaciones dadas por los jueces para prescindir de un acto procesal casi siempre obligatorio, un factor procesal que aparentemente no está relacionado con el despido de la audiencia, que es el perfil del litigante, puede tener una correlación con la no designación contra legem del acto procesal en cuestión.
Metodología: Para responder al problema de investigación propuesto, se utilizó una metodología empírica cuantitativa, que consiste en un análisis estadístico por regresión logística, a través del cual se probó la fuerza de la asociación entre la no designación de la audiencia y los cuatro perfiles de los acusados, distinguidos por el número de acciones a tomar. que responden.
Resultados: Al probar empíricamente la hipótesis de que la variación en la naturaleza del acusado (entre las categorías rara, ocasional, recurrente y habitual) produciría variación en las posibilidades del juez de programar (o no) una audiencia previa, se encontró que, en el condado Recife / PE, se tiende a designar la audiencia cuando hay raros litigantes en el polo pasivo (personas naturales, microempresarios individuales, microempresas y pequeñas personas jurídicas, por regla general) y, por el contrario, se incrementa la tendencia a ninguna designación como imputado se hace más habitual en la justicia civil común de la localidad donde se realizó una investigación.
Aportes: Con este trabajo es posible identificar que existen factores distintos a los mencionados en las decisiones que no designan a las audiencias que influyen en la decisión de no realizarlas de manera contraria al legem. Al presentar estos datos, es posible pensar en propuestas de lege ferenda más realistas, es decir, que consideren el comportamiento judicial a través de su verificación empírica, y no deducciones de carácter puramente dogmático, especialmente cuando la regla en cuestión se plantea como potencialmente cooperativa para un “cambio de cultura”, en este caso, un litigio.
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