EL DEBER DEL SUCUMBENTE DE INDEMNIZAR AL GANADOR DE LAS PÉRDIDAS CON EL PROCESO. O, ¿ES POSIBLE GANAR SIN PERDER?

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.12662/2447-6641oj.v19i30.p63-90.2021

Palabras clave:

Honorarios del contrato, Sucumbencia, Abuso del derecho de acción, Pérdidas y daños

Resumen

Objetivo: Esta investigación tiene como objetivo analizar la controversia existente en el sistema judicial brasileño sobre la reparación de los daños y perjuicios sufridos por la parte que gana una demanda, debido a la contratación de un profesional del derecho para actuar en los tribunales a su favor. La investigación planteó como problema a responder si es posible concebir, de lege lata, un sistema de responsabilidad civil para que la parte que sucumbe a una demanda indemnice a la parte ganadora por las pérdidas resultantes de esa acción.

Metodología: Adoptando un método cualitativo y cuantitativo, la investigación verificó las sentencias del Superior Tribunal de Justicia sobre la posibilidad de restituir los honorarios contractuales al adjudicatario del reclamo, así como los fundamentos utilizados para tales decisiones.

Resultados: Se constató que el entendimiento mayoritario en las clases de la Corte Superior de Justicia sobre el tema no se alinea con las interpretaciones dadas a los artículos 389, 395 y 404 del Código Civil, que incluyen los honorarios contractuales como parte de las pérdidas y daños sujetos a reembolso a favor de la víctima del hecho ilícito.

Contribuciones: La metodología de revisión de la literatura reveló que si bien existe suficiente sustrato normativo y teórico que reconoce la posibilidad, los tribunales no lo aplican de manera pacífica. La investigación, entonces, elabora una tesis proposicional e inspiradora que justifica el deber de la parte sucumbiente de indemnizar a la parte ganadora por las pérdidas que tuvo con la contratación de un abogado para estar en la corte.

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Biografía del autor/a

Gilberto Fachetti Silvestre, Universidade Federal do Espírito Santo (UFES)

Professor do Departamento de Direito e do Programa de Pós-Graduação em Direito (Mestrado em Direito Processual) da Universidade Federal do Espírito Santo (UFES); Doutor em Direito Civil pela Pontifícia Universidade Católica de São Paulo (PUC/SP); Mestre em Direito Processual Civil pela Universidade Federal do Espírito Santo (UFES); Coordenador dos Grupos de Pesquisa “Desafios do Processo” e “Medicina Defensiva” (PPGDIR/UFES); Advogado. E-mail: gilberto.silvestre@ufes.br. Orcid iD: https://orcid.org/0000-0003-3604-7348. Lattes iD: http://lattes.cnpq.br/7148335865348409

Felipe Sardenberg Guimarães Trés Henriques, Universidade Federal do Espírito Santo (UFES)

Acadêmico de Direito da Universidade Federal do Espírito Santo (UFES); Pesquisador da Fundação de Amparo à Pesquisa e Inovação do Espírito Santo (FAPES) no Programa Institucional de Iniciação Científica (UFES/PIIC/FAPES) e dos Grupos de Pesquisa “Desafios do Processo” e “Medicina Defensiva”. E-mail: felipe.tres@hotmail.com. Lattes iD: http://lattes.cnpq.br/7550900774360494. Orcid iD: https://orcid.org/0000-0001-9976-7284.

Publicado

2021-01-20

Cómo citar

SILVESTRE, Gilberto Fachetti; HENRIQUES, Felipe Sardenberg Guimarães Trés. EL DEBER DEL SUCUMBENTE DE INDEMNIZAR AL GANADOR DE LAS PÉRDIDAS CON EL PROCESO. O, ¿ES POSIBLE GANAR SIN PERDER?. Revista Opinião Jurídica (Fortaleza), Fortaleza, v. 19, n. 30, p. 63–90, 2021. DOI: 10.12662/2447-6641oj.v19i30.p63-90.2021. Disponível em: https://periodicos.unichristus.edu.br/opiniaojuridica/article/view/3499. Acesso em: 3 jul. 2024.

Número

Sección

Artigos Originais